CONTRATO DE COMPRAVENTA: MANIFESTACIONES Y GARANTÍAS (o REPs and WARRANTIES)

Como primer artículo del blog en materia mercantil, queremos introducir el concepto de las Manifestaciones y Garantías, y explicar su desarrollo de manera fácilmente comprensible y aportando el valor que tienen estos pactos o cláusulas.

LAS MANIFESTACIONES Y GARANTÍAS

El concepto de las Manifestaciones y Garantías es muy importante para los socios que se desprenden o adquieren parte de o toda la empresa y que al hacerlo, además de la compraventa pura y simple que dijéramos (participaciones/acciones por dinero), se otorgan una serie de pactos que de alguna manera “garantizan” o dan seguridad a la operación.

Aunque es una práctica habitual en los procesos de M&A (Mergers & Acquisitions, fusiones y compraventas de empresas en castellano) de grandes empresas o corporaciones, hay que conocer estas cláusulas contractuales de Manifestaciones y Garantías para incluirlas en el resto de compraventas societarias ya sean microempresas, PYMES o pequeñas Start ups, ya que otorgan cierta seguridad al comprador respecto a lo que está adquiriendo. (No olvidemos que son cláusulas adaptables a cada empresa…)

Estas cláusulas contractuales contienen manifestaciones muy variadas respecto a la situación de la empresa cuyas participaciones/acciones se venden: situación de los trabajadores, situación financiera (cuentas anuales, financiación…), situación fiscal, situación medioambiental, litigios abiertos, etc., y pueden ser tan extensas y detalladas como quieran las contratantes ya que son cláusulas pactadas al amparo de la autonomía de la voluntad de las partes para contratar (artículo 1255 del Código Civil español).

El exponer la situación real de la empresa implica por un lado que el comprador ya no compra una empresa sin conocer la problemática de la misma, por otra que el vendedor declara que ese es el estado de la empresa y garantiza dichas declaraciones normalmente por un plazo determinado, y finalmente, que ante un incumplimiento de lo establecido en ese clausulado, o una falsedad o inexactitud, se establecen unas consecuencias o penalidades.

POSIBLES CONSECUENCIAS FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DE LAS MANIFESTACIONES Y GARANTÍAS

Estas consecuencias o penalizaciones pueden articularse por medio de cláusulas de reajuste del precio, pago de indemnizaciones cuantificables económicamente (como puede ser por ejemplo el pago de una cantidad equivalente a la disminución del valor patrimonial de la empresa adquirida), o acudir a las establecidas legalmente derivadas del contrato como son las acciones de saneamiento por evicción (artículo 1475 del código civil) y por defectos o vicios ocultos (arts. 1484 y siguientes del mismo Cc), las acciones frente al incumplimiento contractual (artículos 1101 y 1124 Cc) o las acciones de nulidad por dolo (arts. 1260 y 1270 del código civil).

CONCLUSIÓN

En resumen, el que hayamos traspuesto a la práctica de nuestro derecho un concepto anglosajón como son estas manifestaciones y garantías (o representations and warranties) es una manera de facilitar el exigir una responsabilidad ante cualquier incumplimiento de manera más tangible.

Como pasa en todo, dependiendo de la posición en la que se esté situado (comprador o vendedor) corresponderá luchar por mayor intensidad o menor de estas cláusulas de manifestaciones y garantías, para esta lucha, negociación y redacción, dejamos nuestra experiencia a vuestra entera disposición.

Esperamos que os sea de utilidad el artículo y muchas gracias por leernos.

TERESA GONZÁLEZ MARTÍNEZ

www.ferrerashigueroabogados.es