Alberto González Ferreras incluido en el ranking BEST LAWYERS 2020

Hoy damos la enhorabuena a nuestro socio ALBERTO GONZALEZ FERRERAS por haber sido incluido en el listado de Best Lawyers 2020 de España, en la categoría de Family law. En Burgos, es reconocido en la especialidad antedicha, que incluye derecho de familia y sucesiones (herencias).

Podéis ver la lista completa en https://www.bestlawyers.com/current-edition/Spain

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HERENCIA: NOCIONES SOBRE CÓMO AFRONTAR LOS PRIMEROS TRÁMITES

Ante el fallecimiento de un familiar, nos podemos ver abrumados por las múltiples gestiones que hay que realizar para tramitar su herencia, por lo que mediante este artículo intentaremos dar unas nociones básicas que faciliten la tarea.

Trámites básicos de la herencia

En primer lugar, hay que obtener el certificado de defunción. Se obtiene en el Registro Civil.

En segundo lugar, es necesario obtener el certificado de últimas voluntades para saber si esa persona ha fallecido habiendo otorgado testamento o no. Se pide en la Gerencia de Justicia tras abonar una pequeña tasa y se puede solicitar transcurridos 15 días del fallecimiento del causante. A la vez que dicho certificado se puede solicitar también el certificado de contratos de seguro que tuviere esa persona contratados.

Una vez se tenga ese certificado de últimas voluntades, sabrá si su familiar otorgó o no otorgó testamento.

Si otorgó testamento, el certificado le indicará ante qué Notario y tendrá que solicitar una copia.

Cuando tenga toda esa documentación, deberá facilitársela a su abogado para estudiar el contenido del testamento y en función de sus disposiciones, preparar la correcta tramitación de la herencia.

Si no otorgó testamento, habrá que realizar la declaración de herederos abintestato de su familiar. A tal efecto, puede ver en qué consiste en el artículo que publicamos en su día El fallecimiento de una persona sin testamento LEER MÁS.

Para la declaración de herederos abintestato se puede acudir al Notario, pero no obstante, y puesto que más adelante seguramente necesite los servicios de un letrado, le aconsejamos contrate un abogado para que desde el inicio supervise todo el procedimiento.

Formalización de la herencia

Si la herencia es poco conflictiva se aceptará y efectuará la partición ante Notario, si es más compleja puede ser necesario acudir a un procedimiento judicial de división de herencia, en ambos casos es muy importante estar bien asesorado.

No hay que olvidar la liquidación del impuesto de sucesiones que aquí se debe hacer ante la Junta de Castilla y León, así como la liquidación del IIVTNU (plusvalía) ante transmisiones de inmuebles en la herencia que se realiza ante el Ayuntamiento. Para ambos casos hay un plazo de seis meses prorrogables por otros seis.

Desde nuestro despacho realizamos una gestión integral de todo el procedimiento que conlleva una herencia, y tenemos amplia experiencia al respecto, por lo que no duden en contactarnos.

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ALBACEAS TESTAMENTARIOS EN BURGOS

Cuando nos hablan de un albacea testamentario ¿tenemos claras sus funciones? ¿qué puede aportar en un futuro? La designación de un albacea testamentario entraría dentro de una de esas decisiones que tanto recomendamos de abogacía preventiva para evitar problemas a/entre nuestros herederos en un futuro

¿Qué es un albacea testamentario?

Cuando una persona otorga testamento, en su clausulado y como medida para hacer cumplir su voluntad, puede designar al llamado albacea testamentario, que pueden ser una o varias personas.

Este albacea testamentario tendrá las funciones que se le confieran en el testamento, pero en defecto de disposición testamentaria al efecto, tendrá las siguientes facultades:

  1. Disponer y pagar los sufragios y el funeral del testador con arreglo a lo dispuesto por él en el testamento; y en su defecto, según la costumbre del lugar.
  2. Satisfacer los legados que consistan en metálico, con el conocimiento y beneplácito del heredero.
  3. Vigilar sobre la ejecución de todo lo demás ordenado en el testamento, y sostener, siendo justo, su validez en juicio y fuera de él.
  4. Tomar las precauciones necesarias para la conservación y custodia de los bienes, con intervención de los herederos presentes.

Funcionamiento

Si para cumplir estas obligaciones de pago de funerales y legados, no hubiere dinero en la herencia, y los herederos no lo aportaren de lo suyo, el albacea tendrá que vender bienes (empezando por bienes muebles) para hacer frente a estas obligaciones.

En principio, si el testador no hubiera fijado plazo, el albacea dispone de UN AÑO para cumplir su encargo. Este plazo podrá ampliarse por voluntad del testador establecida en testamento o por acuerdo común de herederos y legatarios.

Los albaceas deberán dar cuenta de su encargo a los herederos, salvo en caso especiales que deban dar cuenta al juez.

Finalmente, es importante destacar que esta figura del albacea es GRATUITA, es un cargo que no tiene retribución a no ser que el testador establezca la remuneración que considere conveniente. Ello no obstante, tendrá el albacea derecho a cobrar lo que le corresponda por los trabajos de partición u otros facultativos (por ej. es el abogado o un notario quienes son designados albaceas, pues por la partición o por la escritura obviamente tendrán que ser remunerados, pues ello está en la esfera de su trabajo como profesionales).

Y hasta aquí lo expuesto de esta figura que si bien no es comúnmente utilizada, sería conveniente que se volviera más popular pues facilitaría el buen seguimiento y cumplimiento de lo establecido en los testamentos.

Si necesitáis asesoraros al respecto, no dudéis en contactarnos, ¡tenemos mucha experiencia como albaceas testamentarios!

TERESA GONZÁLEZ MARTÍNEZ

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El fallecimiento de una persona sin testamento

Es importante que las personas antes de fallecer planifiquen qué quieren hacer con su herencia (hablaremos de la planificación de la herencia en una entrada posterior del blog), no obstante, algunas fallecen sin haber otorgado testamento y consideramos muy conveniente reseñar las consecuencias jurídicas de esta situación y el procedimiento a seguir al respecto.

Muy sucintamente, las consecuencias de que alguien falleciera sin testamento implican:
- 1. Que hay determinadas personas/familiares que están llamadas a heredar;
y
- 2. Que por no haber testamento donde se contenga la última voluntad del fallecido, para determinar los herederos hay que acudir a las normas de la sucesión intestada o sucesión legítima contenidas en nuestro Código Civil.

Para llegar a recibir la herencia primero se deberá realizar una declaración de herederos, donde se identificarán de forma concreta los herederos del causante (en función del grado de parentesco, derechos de representación, etc.).

Una vez determinados los herederos, se deberá reunir una documentación mínima que será: certificado de defunción, DNIs del causante y herederos, la declaración de herederos y la relación de bienes de la herencia.

Con toda esta documentación habrá que proceder a valorar los bienes y repartirlos entre los herederos, realizar el denominado “cuaderno particional” que deberá ser realizado por un profesional.

Esta partición puede hacerse de acuerdo entre todos los herederos, lo que se elevará a público ante Notario, o en caso de desacuerdo, se solicitará en procedimiento judicial al efecto la división y partición de la herencia.

Por último, y sin entrar en más connotaciones fiscales, indicar que dado que este procedimiento se puede prolongar en el tiempo, es conveniente no perder de vista el plazo de seis meses que existe para liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, o en caso de prever su incumplimiento, solicitar su prórroga en tiempo oportuno; y, en su caso, la liquidación del Impuesto Municipal sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana (vulgarmente conocida como Plusvalía).

Esperamos haberos sido de utilidad y si necesitáis cualquier aclaración ¡no dudéis en contactar con este despacho de abogados!

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